Provincia, municipios, pesqueras y TPA deberán remediar el vertedero de cerro Banderita
Lo dispuso la jueza Kozaczuk, que actuó en el amparo de vecinos de Las Grutas. El municipio tendrá que construir cavas para los desechos.
La jueza
Vanessa Kozaczuk, titular del Juzgado Civil, Comercial, Minería, Sucesiones y
Familia N° 9, dispuso homologar el acuerdo al que arribaron las partes respecto
a la forma y modo en que se llevará cabo la remediación del lugar llamado
"Cerro Banderita", en el marco de un amparo que presentaron vecinos
de Las Grutas.
La resolución de la magistrada fijó los roles que los distintos organismos
estatales y empresas privadas deberán cumplir para preservar el cuidado del
medioambiente.
El fallo
difundido hoy por la Justicia, tiene además un apartado específico que procura
operativizar “la igualdad de género y la participación de la mujer”.
La sentencia de la jueza ordena “a la Subsecretaría de Ambiente y Desarrollo
Sustentable de la Provincia como autoridad de aplicación, bajo apercibimiento
de ley”.
Además, dispone que “el Estado Provincial a través de la Subsecretaría de Pesca, la Municipalidad de San Antonio Oeste y las distintas Empresas Pesqueras Privadas y Terminal Pesquera de San Antonio Oeste, asumirán el costo de la reparación del daño causado al Medio Ambiente en los dos lugares dónde específicamente se arrojaron residuos y líquidos del desecho del langostino”.
Son “responsables directos ante el
incumplimiento de la normativa vigente en el arrojo del desecho”, sostiene el
dictamen.
Cavas por el municipio
Kozaczuk también dispuso que la Municipalidad local deberá “construir las cavas a medida que la captura del desecho del langostino así lo amerite, como así también la construcción del alambrado perimetral para resguardar la zona”, y prever acciones a futuro “a los fines de evitar la vulneración de este bien jurídico colectivo protegido sea en la actualidad y para generaciones futuras, máxime teniendo en cuenta que toda la población de este lugar vive y se sustenta con el recurso de la pesca, mariscos y moluscos en general”.
Esta determinación choca con el acuerdo arribado entre el municipio, provincia y las empresas pesqueras, por el cual los privados debían construir nuevas cavas en un campo ubicado camino al bajo del Gualicho, donde ya la provincia abrió los primeros receptáculos que se terminaron completando.
El rol de las mujeres
Mientras que en un párrafo novedoso está
relacionado con “la igualdad de género y la participación de la mujer”:
respecto a las amparistas promovedoras de la presente acción, “las mismas
tendrán a su cargo controlar el cumplimiento de lo que hoy aquí se resuelve
debiendo trabajar conjuntamente con la Defensoría del Pueblo como así también
con las organizaciones no gubernamentales”.
Para fundar esta decisión, la jueza citó la Cumbre de Río de 1992 (Cumbre de la
Tierra) en el Programa 21 dónde "se recomiendan maneras de fortalecer el
papel de los grupos principales -las mujeres, los sindicatos, los agricultores,
los niños y los jóvenes, las poblaciones indígenas, la comunidad científica,
las autoridades locales, el comercio, la industria y las organizaciones no
gubernamentales-- con miras al desarrollo sostenible".
La jueza afirmó que “desde el inicio de la presente causa hasta hoy, el Estado
(en el caso Municipio de San Antonio Oeste y el Estado Provincial), garante a
un ambiente sano conforme la Constitución Nacional y Provincial (Art. 41 CN y
Arts. 84 y 85 respectivamente), han prestado colaboración constante ante la
problemática planteada por los amparistas, habiendo logrado así tener un lugar
de disposición del desecho del langostino y haber acordado todos los
involucrados en la presente causa la remediación de la zona afectada en el
Balneario Las Grutas ubicada detrás del área denominada "Cerro
Banderita".
Al fundamentar el fallo “y para poder elaborar pautas y determinar las
responsabilidades, tomo como parámetro lo resuelto por la Corte Suprema de
Justicia de la Nación (CSJ) en la causa del Riachuelo”.
Finalmente, la jueza hizo un pormenorizado detalle de las competencias de cada
área estatal y de las empresas pesqueras.
Intervención de la Defensora local
La jueza habilitó “la participación de la Defensoría del Pueblo Municipal y encomendarle la coordinación con los distintos entes no gubernamentales que aportaron informes en esta causa”.